
Comité Coordinador de Programas para Personas con Discapacidad
Con motivo de la sanción de la Ley N° 24.452 se destinó un fondo exclusivo para programas y proyectos destinados a personas con discapacidad, integrado por el conjunto de multas impuestas a cuentacorrentistas por incumplimiento a lo dispuesto en dicha norma. Este fondo sufrió significativas modificaciones: fue suprimido por la Ley N° 25.413 y con la sanción de su similar N° 25.730, se volvió a conformar dicho fondo.
Esta última ley fue reglamentada mediante el Decreto Nº 1277 de fecha 23 de mayo de 2003 (T.O.), que estableció la composición del Comité Coordinador de Programas para Personas con Discapacidad, y le asignó –entre otras- las funciones de evaluar, seleccionar y aprobar los programas y proyectos para personas con discapacidad, mencionados en la Ley N° 25.730 y su reglamentación. El Comité Coordinador actualmente está integrado por UN (1) representante titular y UN (1) representante alterno por cada uno de los siguientes organismos: Ministerio de Salud y Ambiente, Ministerio de Desarrollo Social, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología y la Comisión Nacional Asesora para la Integración de Personas Discapacitadas, dependiente del Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales de la Presidencia de la Nación, DOS (2) representantes del Comité Asesor de la Comisión Nacional antes mencionada y DOS (2) representantes del Consejo Federal de Discapacidad.
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